Abogado somete a profesor por presunta invasión de apartamento en La Caleta

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La demanda busca el lanzamiento del inmueble y una indemnización por daños y perjuicios; la propiedad está registrada a nombre de Ana Mercedes Marmolejos, según documentos depositados ante el tribunal.

Santo Domingo. – El abogado Roberto Luciano Ventura interpuso una demanda en lanzamiento de lugar y reparación de daños y perjuicios contra un profesor, a quien atribuye la presunta ocupación ilegal de un apartamento ubicado en el Condominio Villa Panamericana, del municipio La Caleta, provincia Santo Domingo, República Dominicana.

La acción judicial fue presentada en representación de la señora Ana Mercedes Marmolejos, quien, de acuerdo con la documentación depositada ante el tribunal, figura como propietaria del inmueble mediante un Certificado de Título expedido por el Registro de Títulos, el cual acredita su derecho de propiedad sobre el apartamento objeto del litigio.

Según la demanda, el inmueble estaría siendo presuntamente ocupado por el señor Fernando Mille Felix, quien supuestamente es profesor en el Instituto Tecnológico de Las Américas (ITLA), sin la autorización de su propietaria, situación que, conforme a la instancia, ha impedido el ejercicio pleno de su derecho de posesión, uso y disposición del bien.

En consecuencia, la parte demandante solicita al tribunal ordenar el lanzamiento de los ocupantes, la restitución del apartamento y el pago de una indemnización por los alegados daños y perjuicios derivados de la ocupación.

Los documentos incorporados al expediente incluyen el Certificado de Título y la certificación del estado jurídico del inmueble, en los que se hace constar que la propiedad se encuentra registrada a nombre de Ana Mercedes Marmolejos, conforme a las disposiciones de la legislación inmobiliaria dominicana.

Al explicar los fundamentos de la acción, el abogado Roberto Luciano Ventura señaló que la demanda se sustenta en el artículo 544 del Código Civil dominicano, el cual reconoce el derecho de propiedad como la facultad de gozar y disponer de los bienes de la manera más absoluta, dentro de los límites establecidos por la ley.

Asimismo, indicó que la reclamación por daños y perjuicios encuentra fundamento en los artículos 1382 y 1383 del Código Civil dominicano, que establecen la obligación de reparar los daños causados por un hecho personal, culpa o negligencia que ocasione perjuicio a otra persona.

El jurista sostuvo que el Certificado de Título constituye la prueba legal del derecho de propiedad de su representada y que, mientras dicho derecho permanezca vigente, el ordenamiento jurídico dominicano le otorga plena protección frente a cualquier ocupación que no cuente con su consentimiento.

«El derecho de propiedad es uno de los pilares fundamentales del ordenamiento jurídico dominicano y merece la tutela efectiva de los tribunales. Nuestra representada ha acreditado mediante su Certificado de Título que es la legítima propietaria del inmueble. Cuando una persona ocupa un bien sin la autorización de su titular, corresponde acudir a la justicia para que se restablezca el imperio de la ley. Con esta demanda buscamos que el tribunal ordene el lanzamiento de los ocupantes, la restitución del apartamento y la reparación de los daños ocasionados por la ocupación que entendemos ilegal», expresó el abogado Roberto Luciano Ventura.

Luciano Ventura afirmó que la acción judicial procura garantizar el respeto al derecho de propiedad reconocido tanto por la Constitución de la República Dominicana como por el Código Civil y la legislación inmobiliaria vigente, resaltando que el sistema registral dominicano brinda seguridad jurídica al titular inscrito y protege sus derechos frente a terceros.

La demanda fue depositada ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, jurisdicción que conocerá la acción en lanzamiento de lugar y reparación de daños y perjuicios, donde ambas partes tendrán la oportunidad de presentar las pruebas documentales, testimoniales y los argumentos jurídicos que sustenten sus respectivas posiciones, en observancia de las garantías del debido proceso y del derecho de defensa.

Hasta el momento de la elaboración de esta información, la persona demandada no ha emitido una posición pública respecto de las alegaciones contenidas en la demanda, por lo que el caso permanece bajo conocimiento de la jurisdicción civil competente y será decidido conforme a las pruebas que sean aportadas durante el proceso judicial.

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