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El Poder Ejecutivo eleva a La Caleta a Municipio mediante la Ley Núm. 39-24

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Logan Jimenez Ramos
Logan Jimenez Ramoshttps://lavozsincensura.com
Licenciado en Relaciones Publicas, Periodista, Vededor y Maestro de Marketing

La nueva legislación fortalece la autonomía local y promueve el desarrollo en la comunidad de La Caleta, perteneciente a la provincia de Santo Domingo.

Santo Domingo, 15 de agosto de 2024 – El pasado 15 de agosto, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley Núm. 39-24, que eleva el distrito municipal La Caleta, perteneciente al municipio de Boca Chica, a la categoría de municipio. Esta importante medida busca fortalecer la autonomía local y promover un desarrollo más integral en la provincia.

Con esta ley, que deroga la Ley núm. 107-04 que había elevado a La Caleta a distrito municipal, se establece un nuevo marco legal que permitirá a la comunidad gestionar sus recursos y participar activamente en la toma de decisiones que impacten su bienestar.

El reconocimiento de La Caleta como municipio abre la puerta a nuevas oportunidades para el crecimiento económico y social, beneficiando a sus habitantes a través de una mejor gestión de servicios y la implementación de proyectos comunitarios.

El gobierno reafirma su compromiso con el desarrollo sostenible de todas las comunidades, asegurando que cada municipio tenga la capacidad de alcanzar su máximo potencial.

HA DADO LA SIGUIENTE LEY Número 39-24 :

Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene como objeto elevar el Distrito Municipal La Caleta a la categoría de municipio, perteneciente al municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación. La presente ley es de aplicación específica en la provincia Santo Domingo y de efecto general en el territorio nacional.

Artículo 3.- Elevación de categoría. Se eleva el Distrito Municipal La Caleta, perteneciente al municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo, a la categoría de municipio, con el nombre de “La Caleta” y su centro en el poblado La Caleta.

Artículo 4.- Integración. El Municipio La Caleta quedará integrado por las secciones El Valiente y Campo Lindo, con sus respectivos parajes Torre B y Kilómetro 22 de la autopista Las Américas.

Artículo 5.- Ejecución de la ley. El Ministerio de Interior y Policía, el Consejo del Poder Judicial, la Junta Central Electoral, la Liga Municipal Dominicana, el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, y la Junta del Distrito Municipal de La Caleta, tomarán todas las medidas administrativas necesarias para la ejecución de la presente ley.

Artículo 6.- Elección de autoridades. Las autoridades del Municipio La Caleta serán escogidas en las elecciones municipales del año 2028, que serán convocadas y celebradas por la Junta Central Electoral.

Artículo 7.- Juramentación de autoridades. Las autoridades del municipio La Caleta serán juramentadas el 24 de abril de 2028, como lo establece el párrafo I del artículo 274 de la Constitución.

Artículo 8.- Modificación. Esta ley modifica en lo que sea necesario la Ley No. 163-01, del 16 de octubre de 2001, que crea la provincia de Santo Domingo, y modifica los artículos 1 y 2 de la Ley No. 5220 sobre División Territorial de la República Dominicana.

Artículo 9.- Derogatoria. Se deroga la Ley No. 107-04, del 24 de febrero de 2004, que eleva la sección de La Caleta, del municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo, a la categoría de Distrito Municipal.

Artículo 10.- Entrada en vigencia. Esta ley entrará en vigencia después de su promulgación y publicación, según lo establecido en la Constitución de la República, y transcurridos los plazos establecidos en el Código Civil de la República Dominicana.

Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.

Fuente Ley núm. 39-24 que eleva el distrito municipal La Caleta, perteneciente al municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo, a la categoría de municipio. Deroga la Ley núm. 107-04, que elevó la sección La Caleta a distrito municipal. G. O. No. 11161 del 15 de agosto de 2024

file:///C:/Users/Logan%20Jimenez/Downloads/EXP_00147021%20(1).pdf

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